No
sé nada 2013
REPARTO DE TRABAJO PARA
CREAR EMPLEO (1ª parte)
El
reparto de trabajo mediante la reducción de la jornada laboral para
que otros puedan trabajar es una idea que empieza a plantearse como
medida para luchar contra el paro.
Equo, el nuevo partido verde de España, lo reclama como acción urgente para paliar esta crisis. Es, sin lugar a dudas, una propuesta innovadora y valiente para crear empleo, pero va mucho mucho más allá, ahondando en valores que invitan a transformar una sociedad productivista e insatisfactoria.
Equo, el nuevo partido verde de España, lo reclama como acción urgente para paliar esta crisis. Es, sin lugar a dudas, una propuesta innovadora y valiente para crear empleo, pero va mucho mucho más allá, ahondando en valores que invitan a transformar una sociedad productivista e insatisfactoria.
Consiste, básicamente,
en entregar tiempo de trabajo y salario para que empresarios y
administraciones contraten desempleados, repartir el trabajo para que
trabajen más personas.
Supongamos
una reducción de un 20% de jornada por trabajador, es decir, un día
de trabajo a la semana. El ahorro por la reducción de costes iría
destinado exclusivamente a crear puestos de trabajo, es decir, a la
contratación de desempleados en las áreas de mayor necesidad para
la empresa y en sectores que vayan dirigidos a su vez a la promoción
del empleo, y que produzcan sinergias favorables para generar
actividad y empleo. Previamente los trabajadores y la empresa se han
puesto de acuerdo para redefinir las áreas estratégicas y las
funciones que desarrollarán los nuevos trabajadores contratados. La
primera premisa, por tanto, para que esta propuesta sea exitosa es
que sea el resultado de un plan pactado, pues a
los trabajadores y al empresario les interesa que la reasignación de
efectivos produzca beneficios para la empresa y efectos favorables
para la sociedad y para el empleo.
Pero hay más criterios a tener en cuenta.
Primero. En la medida de
que el resultado es socialmente beneficioso, pues entre otras
consecuencias significará el aumento de consumo e ingresos vía
impuestos y cotización a la seguridad social, así como una
disminución del costo de las prestaciones por desempleo, el
trabajador no debería ver reducido su salario de forma proporcional
al tiempo de reducción, es decir del 20%, sino en un porcentaje
menor.
Segundo. La decisión es
voluntaria para los trabajadores y para el empresario. A nadie debe
exigirse una reducción de jornada y de salario. Además no es
necesario, pues los trabajadores que se decidan a reducir su tiempo
de trabajo y de salario lo asumirán como una ventaja para ellos. El
empresario también lo encajará en su organización si lo entiende
como beneficioso para su empresa.
Tercero. Los desempleados
que se contraten lo serán a jornada reducida: 21 horas, o 56% de
jornada, o 3/5 de jornada, es decir, tres días a la semana.
Cuarto.
Para llevar adelante este programa tendrían que apuntarse un número
razonable de trabajadores, que oscilará en función del tamaño de
la empresa. No se trata de cubrir bajas, o ausencias, para ello hay
otras modalidades de contrato. Se trata de incorporar a los nuevos
trabajadores en actividades necesarias para la empresa que mejoren su
eficiencia o permitan captar nuevos mercados. Por
cada tres trabajadores que decidan repartir trabajo se puede crear un
nuevo empleo.
Quinto. Aunque pueda
parecer una obviedad, esta es una medida que hay que negociar entre
empresarios y trabajadores, y también debe ser controlada por la
administración. Así pues sería deseable que se pusiera en marcha
de forma cogestionada y participada, pues todos, trabajadores,
empresarios y administración, ponen su parte y deben exigir
resultados.
Este
programa no sería viable si no reportara ventajas
para el conjunto de la sociedad;
así que empezaré por enumerar las que recibiría el trabajador. Son
las más obvias:
-
Mayor satisfacción personal, o lo que es lo mismo felicidad
a cambio de dinero, algo que viene
precedido de una mejora en la relación con la familia y entorno
afectivo, mayor dedicación a los mayores, y también a otras
aspiraciones personales o colectivas.
-
Mayor rendimiento en el trabajo, en proporción a la mayor
satisfacción. Parece demostrado que al eliminar el quinto día de la
semana laboral, el de menor rendimiento, aumentaría por término
medio el rendimiento diario. Se produce por tanto una
mejora de la productividad. Esto
es bueno para el trabajador y para el empresario. Si el trabajador es
un empleado público las ventajas son aún mayores por quienes
reciben un servicio, los ciudadanos.
- La
posibilidad de crear o participar en
un movimiento de gran fuerza ética para cambiar la sociedad.
Esto
último quizás para muchos sea literatura. A mi me parece que es de
sentido común. Oímos decenas de veces que “esto
no puede seguir así”, o que “algo
hay que hacer para cambiar las cosas”. Antropológicamente
estamos preparados para repartir, y para compartir. Lo hemos hecho
históricamente por razones de supervivencia, por economía, y por
mutua satisfacción socialmente concebida. Ahora hay que hacerlo
simplemente porque hace falta.
La
única desventaja del reparto de trabajo es evidente:
la disminución de una parte del salario.
Para los trabajadores que no quieran o no puedan permitirselo, pues
no pasa nada; quizás en otro momento puedan cambiar de opinión.
Pero habrá otros que entiendan que se puede cambiar dinero por
tiempo y por salud. Esto es importante en un contexto en el que se
amenaza con prolongar la vida laboral hasta los 67 años.
Una
aclaración redundante. La disminución del 20% del tiempo no debe
implicar la disminución del 20% del salario. Esta es una cantidad
que hay que estimar y seguramente negociar, pero quizás podría
llevar aparejada una disminución del 10%, o incluso un porcentaje
menor. En este programa, al igual
que en una cooperativa, reciben todos los socios que aportan:
trabajadores, empresarios y administración.
Hay que entender que los beneficios sociales también deben ser
compensados por la administración; por otro lado, los objetivos del
plan de empleo pueden repercutir de forma beneficiosa para la empresa
(o institución pública); esta es sin duda la parte del programa en
la que hay que afinar más, y lo haré n una segunda entrega.
Una
observación. Si el programa es bueno ¿por
qué no se ha aplicado hasta ahora?
Hay que decir que algo si que se ha hecho, si bien, de forma muy poco
significativa. De hecho el contrato de relevo que ha subsistido hasta
la reforma laboral es una forma de reparto de trabajo, si bien es
cuasi hereditaria, y afecta sólo a trabajadores que están a punto
de jubilarse. En los términos que lo planteo, hasta ahora, no ha
tenido apoyo sindical, y en la izquierda política es un
planteamiento muy excepcional. Cuando lo han planteado los sindicatos
lo ha sido bajo la condición de que la reducción de jornada no
lleve aparejada la disminución de salario; también se han pactado
en algunos convenios la reducción de salarios a cambio de mantener
los puestos de trabajo. En realidad la propuesta de repartir trabajo
no es muy diferente, salvo por la excepcionalidad de la situación de
paro, y que implica aportar algo que creo está bien compensado. Hay
un discurso que se opone a este tipo de ideas, y que tiene que ver
con aquello de que “los trabajadores
no tenemos por qué pagar la crisis, que sean los bancos y los ricos
los que paguen”. Es cierto, pero ese
tipo de planteamientos solo sirve para enrocarse y seguir en la misma
situación.
Es momento de abandonar
los viejos esquemas, y remover ideas para el cambio que ha de venir,
si es que efectivamente somos capaces de emprenderlo. Vuelvo a
insistir en que tenemos que hacerlo nosotros. Ya veremos cómo lo
hacemos en una próxima entrega.
J. B.
J. B.
Es una pena que los
sindicatos todavía no hayan integrado este tipo de herramientas en
sus planteamientos de negociación. Además yo creo que políticamente
el reparto del trabajo tiene que ser un objetivo estratégico a largo
plazo. De alguna manera tenemos que evolucionar hacia una sociedad
capaz de decidir lo que necesita y como producirlo, repartiendo el
empleo entre todos sus miembros (entre otros objetivos radicalmente
contrarios a los del productivismo y consumismo que padecemos)
REPARTO DE TRABAJO PARA
CREAR EMPLEO (2ª parte)
Si estamos de acuerdo en
que el reparto de trabajo es una idea razonable, la cuestión que
debemos resolver es cómo hacerla viable.
De entrada debemos
desterrar cualquier planteamiento que signifique quitarle a unos para
dárselo a otros. Si consideramos que el reparto de trabajo es una
oportunidad por la que desempleados entran en el mercado laboral
ocupando las funciones de trabajadores que desean trabajar menos, no
deberían darse demasiados problemas, tan sólo hay que ponerse de
acuerdo en cómo hacerlo.
Es aquí cuando la
Administración debe tomar el protagonismo que se espera de ella, en
un momento en el que el paro es la mayor preocupación ciudadana que
exige la aplicación de políticas sociales dirigidas a la creación
de empleo. Si la medida de reparto de trabajo es socialmente
beneficiosa, debe ser apoyada desde la Administración, concretamente
desde los Servicios Públicos de Empleo, estatales y
autonómicos, mediante un programa que permita regular de forma
paritaria y jurídicamente coherente el reparto de trabajo, es decir,
a través de un programa de promoción del empleo en
el que se regulen los incentivos que puede recibir el trabajador y el
empresario que voluntariamente se acojan al programa.
Volvamos a nuestra
hipótesis en la que varios trabajadores de una empresa deciden
reducir su jornada en un 20%, estando el empresario de acuerdo. Como
ya se ha dicho, el coste de reducción salarial debe servir para
financiar los costes laborales de los nuevos contratos.
El trabajador puede ver
compensada su disminución de tiempo por una reducción del 10% de su
salario, porcentaje que puede rebajarse mediante negociación
laboral. El otro 10% se puede financiar de diferentes maneras, por
ejemplo, mediante bonificaciones fiscales y de los costes de las
cotizaciones empresariales de las seguridad social de los nuevos
trabajadores contratados. Tales bonificaciones, en principio, pueden
suponer un descenso en los ingresos públicos, pero quedan
sobradamente compensados por el hecho de que los desempleados
contratados dejarían de cobrar la prestación o el subsidio por
desempleo. En estas circunstancias el empresario no sufre costes
añadidos y podría considerarse suficientemente incentivado por la
posibilidad de reorganizar sus efectivos y por un aumento de la
productividad.
Si el empresario es una
administración, por ejemplo un ayuntamiento, la medida es
perfectamente viable y asumible por las ventajas sociales que
conlleva, pudiendo redundar además en la mejora y ampliación de
servicios que a su vez puedan favorecer el desarrollo local y la
promoción del empleo. Las posibilidades de incorporar nuevos
trabajadores en áreas relacionadas con el empleo verde, las
tecnologías de la información y la comunicación, la eficiencia
energética, y sobre todo, la mejora en la organización y
modernización de los propios servicios municipales, permite abrir
una puerta muy esperanzadora a los responsables políticos locales, y
sobre todo, a los ciudadanos desempleados que participen en los
programas de reparto del trabajo
Si el empresario es una
cooperativa o una sociedad laboral, tampoco parece que pueda haber
mayores problemas en la implantación de reparto de trabajo por
empleo, en la medida de que las decisiones empresariales están
controladas por los propios trabajadores.
La mayor incertidumbre
proviene quizás de las medianas y grandes empresas de estructura
mercantil, sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad
limitada. Es aquí donde cabe apelar a la cooperación y la
colaboración en las relaciones laborales frente al conflicto de
intereses. Sin embargo, las posibilidades de reorganización de la
estructura laboral mediante el reparto de trabajo son seguramente
mejores cuanto mayor es el número de personas que trabajan en una
empresa, permitiendo que el empresario pueda traducir el reparto en
una redistribución de sus efectivos de forma más versátil y
conseguir con ello mayores ventajas para su empresa. Por un lado, los
nuevos trabajadores reforzarán y provocarán una mayor productividad
en las tareas habituales, y por otro, permitirán renovar y explorar
nuevas actividades para consolidar y hacer más competitiva a su
empresa.
AHORA VAMOS A HACERLO
La idea del reparto de
trabajo que expongo no es sino un esbozo que necesita ser madurado y
desarrollado en sus aspectos técnicos, jurídicos y económicos,
para promover un programa de promoción del empleo en el que las
funciones de los trabajadores, de la empresa y del servicio regional
de empleo queden bien delimitados. Quizás el programa exija poner en
vigor alguna modalidad de contrato, o quizás no sea necesario.
A modo de ejemplo, y con
riesgo de caer en una excesiva simplicación, el itinerario (de
llevarse a cabo este programa) podría ser como sigue:
- 18 trabajadores de un Ayuntamiento se acogen al programa anual de Creación de Empleo mediante Reparto de Trabajo puesto en vigor por la Consejería de Empleo para el año 2013. Los trabajadores plantean una reducción del 20% de jornada.
- El departamento de recursos humanos, o el de planificación, elabora un Plan de Empleo (o un Plan de Reparto del Trabajo, si se prefiere esta denominación) con participación de los trabajadores afectados. En dicho Plan se exponen los aspectos organizativos, así como las áreas estratégicas que se van a desarrollar mediante la creación de nuevos puestos de trabajo. Los servicios regionales de empleo deberán facilitar modelos normalizados para simplificar la tramitación. De acuerdo con nuestra hipótesis de partida, el plan informa sobre la posibilidad de crear 6 puestos de trabajo a tiempo parcial, a tres quintos de jornada, durante un año: un educador ambiental, un abogado especializado en urbanismo y medio ambiente, un conserje, un guarda parques, un técnico agrícola, un orientador de empleo (puestos de trabajo que pueden servir de ejemplo de como los nuevos trabajadores desarrollarán funciones en puestos de trabajo convencionales o en nuevas áreas insuficientemente cubiertas).
- El órgano de gobierno aprueba el Plan y lo remite al Servicio Regional de Empleo quien lo aprueba con una subvención que permite compensar el 50% coste laboral bruto (el otro 50% lo aporta el propio Ayuntamiento en compensación del ahorro por el descenso del 10% del coste salarial de los trabajadores que reparten trabajo).
- Al año siguiente, el Ayuntamiento podrá renovar, o modificar el Plan de Reparto de Trabajo, para acceder a una nueva convocatoria con nuevas ayudas.
El itinerario expuesto es
muy similar en su estructura al que prevé la ley de subvenciones.
Sea este u otro el procedimiento, creo que la propuesta es viable, y
tiene encaje en la legislación.
Además, tal como decía
en la primera parte, el reparto, es un paso para crear empleo que va
acompañado de un cambio en las relaciones laborales y que nos
encamina en la dirección del cambio social que muchos necesitamos
vislumbrar.
J. B.
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